viernes, junio 8

El PUP y como lograrlo

Francisco Javier Chaín Revuelta

Para todos aquellos que quieren y aman la política la nota se distrae para comentar su pertenencia al grupo de ciudadanos que fomentan, o al menos les interesa, la cultura cívica de la “society”a la que pertenecen. Si entre los propó$itos del lector se encuentra el de crear una asociación para constituirse en partido estatal, la nota lo remite al Libro y Título Segundo del Código Electoral del Estado para que se entere que debe iniciar con los trámites para el registro. Le adelantamos que para registrarse necesita (art.23) elaborar sus documentos básicos, que son la declaración de principios, el programa de acción, así como los estatutos. Para orientarse y contar con algún modelo, puede consultar (si los encuentra por ahí, ya que se cree existen) los documentos básicos, principios y estatutos de los partidos que actualmente ya cuentan con registro ante las autoridades electorales.

Si no llegare a encontrar algún modelo o ejemplo, no se preocupe mucho, ya que suponemos que el lector si tiene principios y por lo tanto, no habría nada que copiar, así que sólo redacte los suyos. También debe plasmar todas sus ideas y anhelos en un programa de acción. Para los estatutos lo que tiene que hacer es redactar derechos y obligaciones de los que llegaren a participar en la asociación que está formando y de la cual usted será el patrón. Para ello cuente con la ayuda y el propósito de la nota por darle algunos pormenores sobre el asunto de los estatutos. Lo primero que tiene que buscar para la agrupación es un nombre distinto a Partido Prian, Peje, o Chiquito, esos partidos ya le ganaron esas denominaciones. En consecuencia le avisamos que la web también deberá ser distinta a www.prian.com, www.peje.com o www.chiquito.com ya que estos dominios están apartados. Lo que también establece el código es que el nombre que escoja para su agrupación política sea acorde (art. 26) con sus propios fines y programas políticos. Por ejemplo, Prian va con capitalismo salvaje y Peje con lagartoliberalismo doméstico.

También se debe tener en cuenta el emblema o imagen de la asociación política (logotipo le llaman algunos) no se debe parecer y debe ser distinto a la de los partidos señalados, es decir, ya no puede usar la bandera nacional, sus iniciales o el sol de los aztecas. Debe ser un dibujo distinto y original al igual que distintos deben ser los colores, es decir, el amarillo, el azul, rojo ya le están prohibidos; como los colores del arco iris sólo son 7, le quedan 4 para escoger. Lo que no sabemos es que agotados los 7 colores ¿Qué harán partidos del octavo en adelante para escoger color? ¿Harán mezclas? Tome cuenta que blanco y negro no son colores, el blanco es su ausencia y el negro su contrario.

Otro punto que debe tener en cuenta es que nombre, emblema, color y estatutos en general deberán estar exentos de alusiones religiosas o raciales (art. 26), como ejemplos le diremos que no podría llamarse Partido Yunke, Partido Guadalupano, Partido no indio, o Partido no naco. Tampoco podría llamarse Partido Vaticano, Demócrata Cristiano, Social Evangélico, Luz del Mundo, Farmacia de Dios o similares, tampoco se le ocurra ponerle Partido de los Ricos, o Partido de los Pobres, y muchos menos se le ocurra ponerle Partido de los Negros, o de los Blancos, o de los CHaparros, Gordos u Ojetes. Debo advertir que el partido PUP fundado por don Hermenegildo Galeana ya perdió su registro a la muerte de este personaje, así que puede retomar estas siglas, emblema, colores y principios, con la seguridad de contar inmediatamente millones de fieles practicantes de tal doctrina. fjchain@hotmail.com

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