martes, agosto 8

TEPJF encontró "errores evidentes" en casillas que se van a abrir


TEPJF encontró "errores evidentes" en casillas que se van a abrir

MEXICO, D.F/EL UNIVERSAL

En los 26 estados en los que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó la apertura de 11 mil 839 casillas, en la mayoría de éstas se detectaron "errores evidentes en las actas" como el hecho de que no coincidieran el número de ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal, con las boletas depositadas en las urnas y la votación total emitida en una casilla.
En esas casillas, una simple operación matemática hubiera bastado para que, al momento de realizar el cómputo de la elección, los consejos distritales del Instituto Federal Electoral (IFE) hubieran realizado el recuento de los votos, incluso sin necesidad de que la coalición Por el Bien de Todos las hubiera impugnado, de acuerdo con el Tribunal Electoral.
El principal error que detectó el TEPJF en las actas, para autorizar la apertura de paquetes, fue la presencia de un número menor de boletas y de votos en una casilla, con respecto al total de personas que acudieron a sufragar en la misma, conforme a lo que señala en las sentencias, distrito por distrito, que comenzó a difundir el tribunal.
Y es que de una revisión de las primeras 32 sentencias, de las 174 que emitió el tribunal para cada zona del país, también se observa que en un número considerable de casillas en las que se ordenó el recuento, se aprecia que el número de votos es superior al de personas que acudieron a votar.
En esta última situación se encuentra el estado de Jalisco, en donde se ordenó la mayor apertura de casillas con un total de 2 mil 705. Por ejemplo: En el Consejo Distrital número 15 de Jalisco, 55 de las 170 casillas que se van a abrir registraron un número de votos que sobrepasa al de electores que acudieron a sufragar a las mismas.
En esas 55 casillas, la diferencia puede ser de uno a 10 votos, pero también hay casos como el de la casilla 236 contigua 1 en la que se asegura que acudieron 130 electores y se tuvieron 223 votos.
Esta es la constante que se observa en las sentencias que emitió el tribunal en algunos de los distritos localizados en Jalisco, Distrito Federal, Veracruz, Zacatecas, Quintana Roo, Sinaloa, Chihuahua, el estado de México, Aguascalientes y Nuevo León.
En las sentencias que emitió el tribunal le recordó al IFE que "...las hipótesis normativas que deben actualizarse para la nueva realización del escrutinio y cómputo de la votación recibida en casilla son: 1. que los resultados de las actas no coincidan, 2, que se detecten alteraciones evidentes, aptas para generar duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla, 3. que no exista acta en el expediente ni en poder del presidente del consejo, y 4, que existan errores evidentes en las actas".
El problema fue que esta última hipótesis no fue aplicada por los consejos distritales del IFE.
Para explicarle en qué consiste esta cuarta hipótesis, incluso, el tribunal le recalcó a los consejos distritales lo que significan, de acuerdo con un diccionario, las palabras "errores" y "evidentes".
Pero no sólo eso: les precisó que "para que el error tenga la calidad de `evidente' es necesario que las inconsistencias se puedan advertir a primera vista de manera sencilla e inmediata, a través de una simple operación lógica o aritmética, que haga patente que algún dato no armoniza con otros con los cuales debiera corresponder".
Porque "cuando en uso de sus facultades, el Consejo Distrital advierta un error en el acta de cómputo distrital, y ese error de acta concierna a la votación directamente, procede la realización de nuevo escrutinio y cómputo, para lo cual no se requiere petición de los partidos políticos".

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