
H. Córdoba, Ver; a 15 de Junio del 2007.
COMUNICADO DE PRENSA
El Partido de
Estará acompañado en este recorrido por el senador de la republica ARTURO HERVIS REYES, diputados federales, diputados locales, pre-candidatos a alcaldes, presidentes y secretarios generales municipales del PRD, así como del líder estatal ROGELIO FRANCO CASTAN.
La agenda de actividades del presidente legítimo será el siguiente, estableciendo que las concentraciones serán en los parques municipales de cada lugar:
| DIA | MUNICIPIO | HORA |
| JUEVES 21 | CAMARON DE TEJEDA | 10:00 |
| | TEPATLAXCO | 11:15 |
| | PASO DEL MACHO | 12:15 |
| | ATOYAC (CONGREGACION MIGUEL ALEMAN) | 13:15 |
| | CUICHAPA | 16:00 |
| | COETZALA | 17:00 |
| VIERNES 22 | ALPATLAHUAC | 10:00 |
| | CALCAHUALCO | 11:00 |
| | COSCOMATEPEC DE BRAVO | 12:00 |
| | TOMATLAN | 13:00 |
| | CHOCAMAN | 15:30 |
| | AMATLAN DE LOS REYES | 16:30 |
| | FORTIN DE LAS FLORES | 17:30 |
| SABADO 23 | NARANJAL | 10:00 |
| | MAGDALENA | 11:15 |
| | RAFAEL DELGADO | 12:15 |
| | SAN ANDRES TENEJAPAN | 13:15 |
| | TLILAPAN | 15:30 |
| | IXTACZOQUITLAN | 16:30 |
| DOMINGO 24 | XOXOCOTLA | 10:00 |
| | SOLEDAD ATZOMPA | 11:00 |
| | ACULTZINGO | 12:00 |
| | AQUILA | 13:15 |
| | MALTRATA | 15:30 |
Es importante precisar que este recorrido que realiza el presidente legítimo no es a invitación expresa de un partido o pre-candidato alguno, si no como parte de sus actividades cotidianas de acercamiento con la población veracruzana, López Obrador no viene a palomear ninguna candidatura ni mucho menos a dar línea sobre alianza alguna, porque el PRD tiene contemplado irse en el proceso electoral del 2 de Septiembre solos como partido.
En cada una de los mítines que sostendrá López Obrador se instalaran módulos de afiliación como representantes del gobierno legitimo, para ello solo se requiere la credencial de elector del interesado y de manera inmediata se le hará entrega de su identificación.
Además viene invitado a la mega concentración que se hará el próximo 1 de Julio del presente año en el zócalo de la de la ciudad de México DF. Como parte de las actividades que se tienen contempladas contra el 1e. Aniversario del fraude electoral donde el pelele usurpo el poder.
Atentamente
¡Democracia ya, patria para todos!
Lic. Juan Carlos Fernandez Zulueta
Consejero Estatal del PRD

Con fundamento en los artículos 2º; 4º, numeral 1, incisos a), c), d); 8º, numerales 1, incisos a), b), c), d), e), f) y g) y 2, incisos a), c), e), g), j), m) y n); artículo 11º, numerales 10 y 13 y demás relativos del Estatuto del Partido de
CONVOCA
Al 7º Pleno Extraordinario del Sexto Consejo Estatal del Partido de
ORDEN DEL DÍA
1. Lista de asistencia, verificación de quórum legal e instalación.
2. Lectura y aprobación del Acta de
3. Mensaje político del Presidente del Comité Ejecutivo Estatal.
4. Análisis y aprobación de las Plataformas Electorales del Partido, Legislativa y de Gobiernos Municipales.
5. Elección de 8 delegados al X Congreso Nacional (Base primera inciso b) de la convocatoria emitida por el 6º. Consejo Nacional 11 de febrero de 2007).- Este proceso estará a cargo del Comité Estatal del Servicio Electoral en funciones que preside el C. Roberto Herrera Altamirano.
6. Ratificación o nueva Elección de propuesta de integrantes del Comité Estatal del Servicio Electoral para su presentación ante el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía. Este órgano estatal coadyuvante del CNSEyM, tendrá a su cargo el proceso electivo de Delegados del Estado de Veracruz, al X Congreso Nacional del PRD a realizarse los días16, 17, 18 y 19 Agosto de 2007
Xalapa-Enríquez, Veracruz; a 11 de junio de 2007.
“Democracia ya. Patria para todos”
Mesa Directiva del 6º. Consejo Estatal.
Margarita Guillaumin R. Aníbal Payan A.
Presidenta. Vicepresidente.
Juan M. Tepetla C. Salomón García M. Hugo Córdova V.
Secretario. Secretario. Secretario.
c.c.p. Archivo.
c.c.p. Minutario.
El Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de
El 70 define el proceso interno “conjunto de actividades que realizan los partidos políticos con el objeto de seleccionar a sus candidatos, a cargos de elección popular, en los términos de sus estatutos y de la convocatoria que se emita para tal fin” Específica también que “La precampaña es el conjunto de actividades que realizan los precandidatos con el fin de difundir y promover su imagen, propuestas o programas entre los militantes y simpatizantes de los partidos, en sus procesos de selección de sus candidatos” avisa además que “en el transcurso de las precampañas que lleven acabo los precandidatos a diputados y ediles, queda prohibida la contratación y trasmisión de mensajes publicitarios en prensa escrita, radio y televisión o de cualquier otro medio electrónico.” Establece también que “Los ciudadanos que por si, o a través de partidos o terceros, realicen actividades propagandísticas y publicitarias, con objeto de promover su imagen personal, de manera publica y con el inequívoco propósito de obtener la postulación a un cargo de elección popular, se ajustaran a los plazos y disposiciones establecidos en este código. El incumplimiento a esta norma dará motivo a que el instituto, a través de sus órganos competentes y en la oportunidad correspondiente, les niegue el registro como candidato.” Se aclara que “a los ciudadanos se les considerara precandidatos cuando realicen su registro en un proceso interno, como aspirantes a un cargo de elección popular, dentro del periodo previo a la celebración de dicho proceso interno.”
El artículo 71 expresa que “El partido, en términos de sus estatutos, definirá el procedimiento de selección de sus candidatos, que contenderán en los procesos electorales de renovación de los poderes ejecutivo y legislativo, así como de los ayuntamientos del estado; para tal efecto, corresponde al partido autorizar a los precandidatos la realización de actos tendientes a difundir y promover su imagen, ideas o programas entre sus simpatizantes y militantes, previo al evento de la elección o designación de candidatos.” También expresa que “El partido tienen la obligación de presentar al consejo general, a más a tardar diez días antes del inicio de las precampañas, las convocatorias debidamente aprobadas por sus órganos competentes, para la selección de sus candidatos, debiendo acompañar un informe de los lineamientos o acuerdos a los que se sujetaran los aspirantes.”
El Capítulo II trata “Del inicio de los procesos internos y precampañas” El art. 72 establece que “Los procesos internos de selección de candidatos de los partidos podrán realizarse a partir del día dieciséis del mes de marzo del año de la elección” y el 73 establece, entre otros puntos, que el partido deberá informar al Consejo General, dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del registro de precandidatos, la relación de registros de precandidatos aprobados por el partido, así como el procedimiento de elección respectivo. Habrá que preguntar al IEV quienes son precandidatos aprobados. fjchain@hotmail.com